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Consejo de Estado suspende norma que destinaba el 33 % de la pauta estatal a medios comunitarios


El Consejo de Estado suspendió provisionalmente la Directiva Presidencial 11 de 2024, que obligaba a las entidades públicas a destinar un 33 % de la pauta oficial a medios comunitarios, alternativos, digitales e influenciadores.

La decisión fue adoptada por la Sección Tercera del alto tribunal, tras estudiar una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, que alegó que la medida desconocía normas de contratación pública y vulneraba principios constitucionales.

Argumentos del fallo

El tribunal concluyó que la norma:

  • Desconocía la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), que exige que la publicidad institucional se contrate con criterios de conveniencia y transparencia.
  • Afectaba la libre competencia, al imponer un porcentaje fijo de pauta a un grupo específico de medios.
  • Alteraba la lógica de la contratación estatal, creando una causal de contratación directa no prevista en la ley.

Según el fallo, “la asignación anticipada y obligatoria de un porcentaje fijo de pauta estatal no responde a criterios de mérito ni de idoneidad, sino que compromete la igualdad entre posibles oferentes”.

Posturas encontradas

El Gobierno había defendido la directiva como una estrategia para “democratizar la información y fortalecer a los medios locales y comunitarios. Sin embargo, desde su expedición generó críticas de sectores políticos y jurídicos, que advertían riesgos de favorecer influenciadores cercanos al Ejecutivo y comprometer la transparencia en el manejo de los recursos.

Por su parte, el director de la Fundación para el Estado de Derecho, Andrés Caro, afirmó que la norma “imponía la contratación con un grupo específico de destinatarios, limitando la posibilidad de elegir las propuestas más favorables para el interés general”.

El presidente Gustavo Petro reaccionó en su cuenta oficial de X calificando la suspensión como “un abuso a la libertad de prensa”, al considerar que la medida judicial limita el acceso de los medios comunitarios a la pauta estatal.

¿Qué implica la suspensión?

Con la medida cautelar, las entidades públicas ya no están obligadas a reservar un tercio de su presupuesto de publicidad institucional para medios comunitarios o alternativos.

Los contratos de pauta deberán ajustarse nuevamente a las normas generales de contratación estatal, bajo los principios de igualdad, libre competencia, selección objetiva y transparencia.

La suspensión regirá hasta que el Consejo de Estado emita un fallo definitivo sobre la nulidad de la directiva.

Debate abierto

La decisión revive un debate de fondo:

Cómo asegurar que el uso de recursos públicos en publicidad se haga con total transparencia, sin privilegios ni cuotas fijas que puedan vulnerar la competencia.

Cómo garantizar la pluralidad y el fortalecimiento de medios comunitarios y alternativos, que cumplen un papel importante en la diversidad informativa.