La Corte Constitucional dejó en firme la Ley 2385 de 2024, que prohíbe de manera definitiva las corridas de toros, novilladas, becerradas, rejoneo y tientas en todo el territorio nacional. La decisión, adoptada por unanimidad por la Sala Plena, también extiende la prohibición a prácticas tradicionales como cabalgatas, corralejas, toros coleados y peleas de gallos.
La norma, aprobada por el Congreso y sancionada por el presidente Gustavo Petro, establece un marco legal para eliminar espectáculos públicos que impliquen maltrato animal. Según el fallo, la protección de los animales, reconocidos como seres sintientes, prevalece sobre intereses económicos o costumbres arraigadas.
Puntos clave de la Ley 2385 de 2024
- Artículo 3: Prohíbe expresamente todas las actividades taurinas y espectáculos similares.
- Artículos 4 y 5: Ordenan la reconversión laboral y cultural de quienes dependen económicamente de estas prácticas.
- Artículo 6: Promueve la educación en cuidado y protección animal como parte de una transformación social.
La Corte otorgó un plazo de tres años para la eliminación progresiva de estas actividades, con el fin de permitir ajustes institucionales, culturales y económicos. Durante este tiempo, las autoridades locales deberán modificar sus reglamentos y planes de ordenamiento para excluir todo espectáculo que implique sufrimiento animal.
Impacto en las festividades tradicionales
La medida afecta directamente a departamentos como Sucre, Córdoba, Bolívar, Meta y Casanare, donde las corralejas y el coleo forman parte de la programación cultural. También impacta a las cabalgatas en ferias regionales y las peleas de gallos en zonas rurales. La Corte no contempló excepciones territoriales ni autorizó condiciones de permanencia.
Reacciones frente al fallo
La ley fue demandada por sectores que alegaban violación a la diversidad cultural, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad artística. Sin embargo, la Corte desestimó estos argumentos y reafirmó que el mandato constitucional de proteger a los animales prevalece sobre expresiones culturales que impliquen violencia.
Organizaciones defensoras de los animales celebraron la decisión como un avance histórico. “Logramos que la compasión se convirtiera en política pública”, afirmó Derly Flórez, directora de AnimaNaturalis Colombia. En contraste, gremios taurinos anunciaron que acudirán a instancias internacionales, calificando la medida como una “prohibición arbitraria”.
Estudios neurofisiológicos citados en el debate legislativo evidenciaron que los toros sometidos a lidia experimentan altos niveles de cortisol, adrenalina y noradrenalina, indicadores de dolor y estrés severo. Además, cada corrida representaba altos costos en seguridad, salud y logística, asumidos en gran parte por recursos públicos.
Implementación y retos
El fallo no establece compensaciones económicas ni el destino de los animales utilizados en estas prácticas. La ejecución de la ley estará a cargo del Ministerio de Cultura y el Ministerio de Ambiente, que deberán promover alternativas culturales libres de maltrato animal.
Con esta decisión, Colombia se suma a los países que han eliminado espectáculos con animales por mandato constitucional, marcando un hito en el debate sobre tradición, cultura y derechos no humanos, y redefiniendo el modelo de entretenimiento público en el país.